¿PUEDE UNA SOCIEDAD LIQUIDADA ACTUAR EN PROCESOS JUDICIALES?
El Oficio 220-235452 del 19 de febrero de 2026 de la Superintendencia de Sociedades aborda una cuestión recurrente en la práctica societaria: la capacidad jurídica de las sociedades una vez culminado su proceso de liquidación voluntaria y extinguida su personería jurídica, particularmente frente a procesos judiciales, peticiones y acciones constitucionales.










