¿PUEDE EL REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE FIRMAR CONTRATOS SIN CONSTANCIA DE AUSENCIA DEL REPRESENTANTE LEGAL PRINCIPAL?
En el ámbito corporativo, la figura del representante legal suplente suele generar interrogantes sobre su capacidad para actuar en nombre de la sociedad, especialmente en situaciones donde el representante legal principal no está presente. ¿Es necesario acreditar su ausencia? ¿Puede el suplente firmar contratos sin una constancia formal? Este artículo aborda estas inquietudes a la luz de la doctrina de la Superintendencia de Sociedades y la normativa vigente.