RÉGIMEN CAMBIARIO EN COLOMBIA
El régimen cambiario colombiano es un tema de gran relevancia para quienes realizan operaciones internacionales.
En este blog, exploraremos sus aspectos más importantes:
¿Qué es el Mercado Cambiario Colombiano?
Está regulado por un conjunto de normas que controlan las transacciones internacionales que implican el pago o transferencia de divisas y se divide en dos categorías principales:
1. Mercado Cambiario (Regulado): Incluye todas las divisas que deben canalizarse obligatoriamente a través de los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) autorizados o mediante cuentas de compensación registradas ante el Banco de la República
2. Mercado Libre (No Cambiario): Comprende las divisas generadas por operaciones que no están obligadas a ser canalizadas a través del mercado cambiario
Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC)
Los intermediarios del mercado cambiario incluyen:
- Establecimientos bancarios
- Corporaciones financieras
- Compañías de financiamiento
- Financiera de Desarrollo Nacional (FDN)
- Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (BANCOLDEX)
- Cooperativas financieras
- Sociedades comisionistas de bolsa de valores
- Sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales (SICSFE)
- Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos (SEDPE)
¿Cuáles son las Operaciones de Obligatoria Canalización?
Las operaciones que deben ser canalizadas obligatoriamente incluyen:
- Importación y exportación de bienes
- Operaciones de endeudamiento externo e intereses generados
- Inversiones de capital del exterior y sus rendimientos (dividendos)
- Inversiones de capital colombiano en el exterior y sus rendimientos (dividendos)
- Inversiones financieras en títulos emitidos en el exterior o activos radicados en el exterior y sus rendimientos
- Avales y garantías en moneda extranjera
- Operaciones de derivados
Mercado Libre
El mercado libre se refiere a las operaciones de cambio que no están obligadas a ser canalizadas a través de los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC). Esto incluye, por ejemplo, servicios Internacionales, remesas, donaciones y legados e ingresos por Turismo.
Cuentas de Compensación
Las cuentas de compensación son cuentas bancarias utilizadas tanto para operaciones obligatoriamente canalizables como para el mercado libre. Estas cuentas deben registrarse ante el Banco de la República y sus movimientos deben informarse mensualmente.
Conclusiones
El régimen cambiario en Colombia es un sistema bien estructurado que regula las transacciones internacionales y asegura la estabilidad económica del país.
El incumplimiento de las normativas cambiarias puede resultar en sanciones significativas, tanto económicas como administrativas, por lo tanto, es crucial que las empresas y personas naturales que realicen operaciones cambiarias se aseguren de cumplir con todas las obligaciones de reporte.
Si estás interesado en obtener mayor información y asesoría, no dudes en contactarnos a contacto@estudiolegalhernandez.com y WhatsApp +57 319 6905765
________________________________________________________________