Por: Juanita Hernández Vidal –  Estudio Legal Hernández 

 

 

DEBIDA DILIGENCIA EN LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO EN COLOMBIA

 

En el ámbito de la prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas, se ha establecido la obligación de implementar medidas de debida diligencia por parte de las entidades del Estado, personas naturales, personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica. Estas medidas tienen como objetivo identificar al beneficiario final y gestionar el riesgo asociado a estas actividades ilícitas.

 

En la Circular Externa 100-000016 del 24 de diciembre de 2020, se detallan las medidas mínimas de debida diligencia que las empresas obligadas deben adoptar. Entre estas medidas, se destaca la identificación y verificación de la contraparte, incluyendo la obtención de datos e información confiables de fuentes independientes. Asimismo, se requiere la identificación del beneficiario final y la realización de acciones razonables para verificar su identidad.

 

En el caso de personas jurídicas, se deben tomar medidas proporcionales al nivel de riesgo y complejidad inducida por la estructura de propiedad de la sociedad mercantil o la naturaleza de los asociados mayoritarios. Además, es importante comprender el propósito y carácter de la relación comercial, realizar una debida diligencia continua y examinar las transacciones realizadas a lo largo de la relación para garantizar su consistencia con el conocimiento previo sobre la contraparte.

 

Es relevante mencionar la Ley 2195 de 2022, que refuerza el principio de debida diligencia. Esta Ley establece la obligación de implementar sistemas de prevención, gestión o administración del riesgo de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas. Asimismo, se enfatiza la importancia de identificar al beneficiario final, siguiendo criterios mínimos.

 

En este contexto, es esencial que las entidades del Estado, así como las personas naturales y jurídicas sujetas a estas obligaciones, cumplan con las medidas de debida diligencia establecidas en la normativa correspondiente. La construcción de una base de datos o mecanismo de consolidación de información sobre las contrapartes permite identificar y gestionar alertas presentes o futuras, fortaleciendo así la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

A partir del análisis de las normas mencionadas anteriormente, es ineludible que las empresas obligadas deben implementar medidas razonables para cumplir con la identificación de la contraparte y la verificación de su identidad. Además, es crucial llevar a cabo una identificación exhaustiva del beneficiario final utilizando todos los medios posibles, incluyendo la estructura de titularidad y control de la persona jurídica, solicitando la información pertinente a la contraparte y verificando la veracidad de los datos proporcionados.

 

Las empresas obligadas deben realizar un análisis de los riesgos inherentes a su actividad y, en función de ello, implementar las medidas necesarias para conocer de manera adecuada a las contrapartes y sus beneficiarios finales. Al diseñar y definir su sistema de prevención, deben adquirir o desarrollar los mecanismos, procedimientos y medidas que les permitan conocer de manera adecuada a sus clientes y otras contrapartes, con el objetivo de identificar, evaluar, monitorear y controlar de manera efectiva los riesgos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas.

 

Como firma de abogados comprometida con el cumplimiento normativo, en Estudio Legal Hernández ofrecemos asesoramiento especializado en materia de debida diligencia y prevención del lavado de activos. Nuestro equipo de expertos está preparado para guiar a nuestros clientes en la implementación de las medidas necesarias y el cumplimiento de las obligaciones legales vigentes.

 

Para obtener mayor información, no dude en escribirnos a contacto@estudiolegalhernandez.com o directamente a nuestro equipo ELH.

 

 ________________________________________________________________

 

 

Juanita Hernández Vidal

Managing Partner ELH

juanita@estudiolegalhernandez.com

 

.