Por: Eliana del Pilar Zárate Villamizar – Estudio Legal Hernández
EL PLAZO PARA REPORTAR INFORMACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE BENEFICIARIOS FINALES -RUB- ESTA PRÓXIMO A VENCERSE
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN creó el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB, a través del cual tanto personas jurídicas como estructuras sin personería jurídica o similares deben suministrar información de sus beneficiarios finales.
Plazo para el reporte RUB: 31 de Julio de 2023
¿Quiénes son los beneficiarios finales de las personas jurídicas?
- Las personas naturales que, actuando individual o conjuntamente, sean titulares (directa o indirectamente) del 5% o más del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica; o se beneficie en 5% o más de los activos, rendimientos o utilidades de la persona jurídica.
- Las personas naturales que, actuando individual o conjuntamente, ejercen control directo o indirecto sobre la persona jurídica, por cualquier otro medio diferente a los establecidos en el punto anterior.
Cuando no se identifique ningún beneficiario final bajo los criterios señalados anteriormente, se considerará como beneficiario final a las personas naturales que ostenten el cargo de representante legal, salvo que exista una persona natural que ostente una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la persona jurídica, en cuyo caso se deberá reportar a esta última persona natural.
¿Quiénes están obligados a suministrar información en el RUB?
- Sociedades y entidades nacionales con o sin ánimo de lucro de conformidad con lo establecido en el artículo 12-1 del Estatuto Tributario, incluyendo aquellas cuyas acciones se encuentren inscritas o listadas en una o más bolsas de valores.
- Establecimientos permanentes de conformidad con lo establecido en el artículo 20-1 del Estatuto Tributario.
- Estructuras sin personería jurídica o similares, en cualquiera de los siguientes casos: o Las creadas o administradas en la República de Colombia. o Las que se rijan por las normas de la República de Colombia. o Las que su fiduciario o posición similar o equivalente sea una persona jurídica nacional o persona natural residente fiscal en la República de Colombia.
- Personas jurídicas extranjeras, cuando la totalidad de su inversión en la República de Colombia no se efectúe en personas jurídicas, establecimientos permanentes y/o ́ estructuras sin personería jurídica o similares obligadas a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) de acuerdo con los puntos anteriores.
Para obtener mayor información, no dude en escribirnos a contacto@estudiolegalhernandez.com o directamente a nuestro equipo ELH.
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Eliana del Pilar Zárate Villamizar
Directora Derecho Corporativo y Compliance
eliana@estudiolegalhernandez.com
Coordinador Derecho Corporativo y M&A
ignacio@estudiolegalhernandez.com