El Consejo Nacional de Política Económica y Social emitió el Documento CONPES 3875 de 29 de noviembre de 2016 por medio del cual se da “Concepto favorable a la Nación para otorgar garantía al Fondo Empresarial, creado por la Ley 812 de 2003, para contratar operaciones pasivas de crédito interno hasta por la suma de 320.000 millones de pesos”.

Esta financiación, que se llevará a cabo a través del Fondo Empresarial (patrimonio autónomo cuyo ordenador del gasto es el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios), se otorga a ELECTRICARBIBE S.A. ESP con el objeto de garantizar la continuidad en la prestación del servicio de energía eléctrica en la región que opera dicha empresa. Recordemos que la SSPD ordenó la toma de posesión de ELECTRICARBIBE S.A. ESP el pasado mes de noviembre de 2016.

Sobre la situación de ELECTRICARIBE y la razones de la toma de posesión, menciona el CONPES:

  1. Bajas inversiones por parte de ELECTRICARIBE en infraestructura eléctrica, afectaron los indicadores operativos de la prestación del servicio.
  2. Por la situación de iliquidez, la empresa ELECTRICARIBE incumplió los contratos bilaterales de suministro de energía y se encuentra en incapacidad de colocar y/o renovar las garantías para operar en el mercado mayorista de energía.
  3.  El operador del mercado, XM S.A. ESP, realizó la limitación de suministro a ELECTRICARIBE en 65 ocasiones. 

Por la situación descrita y teniendo en cuenta los recursos limitados del Fondo Empresarial en el corto plazo, considera el CONPES que es necesario el apoyo del gobierno nacional a través del otorgamiento de una GARANTÍA SOBERANA de modo que el Fondo Empresarial cuente con los recursos suficientes para garantizar la prestación del servicio de energía. 

Objetivos específicos de la financiación:

  • Financiar las actuales y futuras necesidades de liquidez del Fondo Empresarial para cubrir las obligaciones de compra de energía en el mercado de energía mayorista y contratos bilaterales de la empresa Electricaribe, intervenida por la SSPD. 
  • Financiar las inversiones en obras de infraestructura del sistema de transmisión regional (STR) y del sistema de distribución local (SDL), a cargo de Electricaribe, y requeridas para la prestación del servicio de energía eléctrica en condiciones de seguridad, calidad y continuidad. 

Así las cosas, en que se van a invertir los recursos de crédito (respaldados por sus ingresos futuros) que obtendrá el Fondo Empresarial?

  1. Asegurar el desarrollo de la toma de posesión de modo que no se afecte la prestación y continuidaddel servicio de energía en la Región Caribe.
  2. Así mismo, se deja plasmado en el documento CONPES que es probable que durante la toma de posesión sea necesario realizar inversionesque garanticen y fortalezcan la prestación del servicio.
  3. Finalmente, se dispone que el Fondo Empresarial será acreedor de ELECTRICARIBE respecto del monto de crédito, los intereses, costos y gastos en los que incurra la SSPD durante la toma de posesión para financiar la empresa. 

La programación de desembolsos de los recursos del empréstito se espera que sea efectuado durante el mes de diciembre de 2016.

Puede conocer el documento CONPES 3875 de 29 de noviembre de 2016 en el siguiente vinculo: httpsss://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Econ%C3%B3micos/3875.pdf


Para mayor información contacte a: 

Juanita Hernandez Vidal

juanita@estudiolegalhernandez.com

Friday, December 02, 2016