Por:  Estudio Legal Hernández 

Los nuevos cambios en el proceso competitivo de energía eólica costa afuera en Colombia – Offshore wind – Resolución 40368 de 2024.

El 5 de septiembre de 2024, el Ministerio de Minas y Energía publicó la Resolución 40368 de 2024, por medio de la cual se presentó una importante modificación de la Resolución 40284 de 2022, que define el proceso competitivo para el otorgamiento de permisos de Ocupación Temporal sobre áreas marítimas y estableció, entre otros aspectos, ampliar la Etapa de Habilitación de Interesados hasta el 28 de octubre de 2024.

Esta Resolución se expidió con el propósito de dar claridad a las reglas fijadas en el proceso competitivo para el otorgamiento de Permisos de Ocupación Temporal sobre áreas marítimas, toda vez que se advirtió la necesidad de precisar el alcance de algunos conceptos, incluir nuevas definiciones e incorporar las convenciones “área de nominación” y “área con otros usos” en el anexo A, cuya denominación será “Área del proceso competitivo”, aclarando que ello no implica que se modifique el área del proceso competitivo, es decir, de las coordenadas del área propuesta por DIMAR (Polígono A) o del área de Nominación (Polígono B).

De igual modo, en esta modificación se ajustaron algunas disposiciones relacionadas con el plazo establecido en la etapa de nominación, la reglamentación marítima y ambiental vigente, la modificación del titular del permiso temporal y de la concesión y se precisaron los lineamientos frente al cableado submarino con el fin de establecer responsabilidades y distancias mínimas de seguridad.

En resumen, en contraste con lo establecido en el Pliego y Bases de Condiciones Específicas, mediante la “Adenda No 3”, que modifica este mecanismo, se presentaron los siguientes cambios:

  • Capítulo 1: ajuste de Términos y Conceptos para, inclusión, eliminación y ajuste de definiciones
  • Capítulo 3: subnumeral 3.8 se incluyeron los requisitos de Capacidad Técnica y Financiera exigibles para la solicitud de Concesión, conforme a las nuevas disposiciones regulatorias; subnumeral 3.14.1 ajuste en la fórmula de Garantía de Cumplimiento de la Concesión; subnumeral 3.15.4 ajuste en Fórmula de cálculo y oportunidad de constitución de Garantía de Desmantelamiento.
  • Capítulo 6.: subnumeral 6.1 “Cronograma” de los Pliegos, para ampliar la Etapa de Habilitación de Interesados hasta el 28 de octubre de 2024.
  • Capítulo 7: subnumeral 7.1 se incluye la opción de vínculo entre empresas del Grupo Empresarial, para la Habilitación de Interesados, para la acreditación de Capacidades Técnica y Financiera por parte de terceros; subnumeral 7.3 se ajustaron las condiciones de Habilitación y la forma de Acreditación; subnumeral 7.4 se ajustaron las definiciones para cada criterio y la forma de Acreditación, incorporando una lista de verificación para licencia ambiental en trámite.
  • Capítulo 8: subnumeral 8.1 se surtió ajuste de las condiciones para presentación de Solicitud de Nominación; subnumeral 8.2 se aclaró el proceso de Evaluación de la Nominación y el subnumeral 8.3 en el que se incorporó las reglas para la Superposición de Áreas con restricción y otras Solicitudes de Nominación por otros Habilitados.
  • Capítulo 9: subnumeral 9.1. ajuste respecto del contenido de las Propuestas conforme las disposiciones reglamentarias; subnumeral 9.3 ajuste del monto de amparo de la Garantía de Seriedad de la Oferta; subnumeral 9.6.1 modificación a los Criterios de Evaluación y su Tabla de Ponderación de los Puntajes aplicables a las Propuestas, y reglas para conformación de Proponentes Plurales entre Habilitados y la presentación de Propuesta; subnumeral 9.6.3 inclusión de reglas para la Evaluación de Propuestas con superposición; y ajuste en el subnumeral 9.8 en las Causales de Rechazo de las Propuestas.
  • Capítulo 10: subnumeral 10.2 se aclara el procedimiento para la Evaluación de Propuestas para el cumplimiento de las etapas 1 y 2; y ajuste en el subnumeral 10.3.2 respecto de la Fórmula de Garantía de Cumplimiento del POT.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución 40368 de 2024, se efectuaron las siguientes modificaciones sobre estas disposiciones en la Resolución 40284 de 2022:

Art. 2. Definiciones; Art. 5. Obligaciones del adjudicatario del permiso de ocupación temporal; Art. 8. Obtención de una concesión marítima; Art. 11. Modificación en el cronograma y Curva S.; Art. 12. Modificación del titular del permiso de ocupación temporal o de la concesión marítima; Art. 18. Requisitos habilitantes de los proponentes; Art. 19. Nominación de áreas; Art. 20. Evaluación de áreas nominadas; Art. 21. Condiciones técnicas de las ofertas presentadas; Art. 24. Criterios de calificación; Art. 26. Rechazo de ofertas y declaratoria de proceso desierto; Art. 31. Garantía de cumplimiento del permiso de ocupación temporal; Art. 32. Garantía de cumplimiento de la concesión marítima y una adición al artículo 38 con lo referido frente a la nueva denominación del Anexo A, como ”Área del proceso competitivo” y se incorporan las respectivas convenciones.

La adenda 3 se puede observar aquí: Adenda 3

Los nuevos Pliegos y Bases de Condiciones Específicas, actualizada con la adenda 3 (12 de septiembre de 2024) se puede observar aquí: Pliegos y Bases de Condiciones Específicas

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Juanita Hernández Vidal

Managing Partner ELH

juanita@estudiolegalhernandez.com

 

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