Por: Ángela Garzón Vargas –  Estudio Legal Hernández 

 

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La Economía Naranja es un modelo de desarrollo cuyos pilares son la creatividad y la diversidad mediante los cuales se busca una transformación social y económica del país. Brinda la posibilidad para que los países proporcionen la infraestructura necesaria para que tanto su patrimonio como su diversidad se manifiesten, facilitando el desarrollo de nuevas oportunidades laborales y de impulsar diversas industrias culturales, permitiendo que la población tenga un mayor grado de participación y se puedan mantener vivas tradiciones culturales, todo esto mediante la debida protección de los derechos de propiedad intelectual.

 

Existen varias actividades que conforman este modelo como lo son: i) Las industrias culturales, ii) artes y patrimonio cultural, y iii) industrias creativas, nuevos medios y softwares de contenidos.

 

En Colombia este modelo se encuentra regulado por la Ley 1834 de 2017 y varios decretos reglamentarios como lo son el Decreto 1935 de 2018, Decreto 2120 de 2018, la Ley 1955 de 2019 y la Ley 2010 de 2019.

 

Mediante esta normatividad se estableció la obligación en cabeza del Gobierno Nacional para visibilizar estos sectores objeto de la Economía Naranja y así apoyar su desarrollo, formular una política clara para esta industria, lo cual debe incluir tanto incentivos como acciones que fomenten este modelo de economía, brindar facilidades para la obtención de créditos y programas de cooperación técnica, además de, en coordinación con el SENA, realizar jornadas de capacitación para que los emprendedores cuenten con herramientas y conocimientos que les permitan profundizar sus conocimientos sobre las diversas áreas de interés.

 

Con la finalidad de ejecutar estas iniciativas, se recomienda que se constituya una sociedad mediante la cual se pueda desarrollar la iniciativa deseada, y se accedan a los diversos beneficios como lo son los programas de fomento y las fuentes de financiación.

 

Para este tipo de entidades es posible acceder al beneficio tributario de exención de renta por un periodo de 7 años, donde se ven cobijados por este beneficio las rentas que provienen del objeto social de las empresas de Economía Naranja. Este beneficio aplica para sociedades constituidas antes del 31 de diciembre de 2021, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta del régimen ordinario, con domicilio social en Colombia, y cuya actividad principal sea de Economía Naranja. Es importante mencionar que los ingresos brutos anuales de dichas sociedades no pueden ser superiores a 80.000 UVT, salvo para las entidades que tengan por objeto social la producción de películas cinematograficas, comerciales, entre otros. Otro elemento esencial es que estas sociedades deben generar empleo con vocación de permanencia según sus ingresos brutos anuales, como se indica a continuación:

 

BENEFICIOS ECONOMÍA NARANJA

 

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Adicionalmente, esta empresa deberá en los siguientes tres años realizar una inversión mínima de 4.400 UVT en adquisición de planta, equipo e intangibles, entre otros, sin que estas inversiones se puedan dar mediante partes vinculadas.

 

La empresa deberá cumplir con la condición de la creación de empleo y de la inversión mínima, con posterioridad a la fecha en que quede en firme el acto administrativo por el cual se aprueba el acceso al beneficio de renta.

 

Para aplicar a dicho beneficio se puede realizar entre el 1 al 31 de octubre de 2020, mediante la plataforma habilitada por el Ministerio de Cultura (www.economianaranja.gov.co), donde se debe proceder con la inscripción de cada una de las empresas interesadas, luego registrar el proyecto, y finalmente cargar diversos documentos de la sociedad. Una vez todo esto se encuentre en la plataforma, el Ministerio contará con 30 días hábiles contados desde la presentación del proyecto para dar su respuesta mediante un acto administrativo, por el cual puede otorgar o negar el acceso a este beneficio tributario.

 

En el evento en que se otorgue el beneficio a las sociedades y que se lleguen a incumplir las condiciones establecidas para acceder al beneficio de renta, se perderá el derecho a la exención de renta a partir del año gravable del incumplimiento.

 

Finalmente, mediante el Decreto 697 de 2020, el Gobierno de Colombia, buscando ayudar al sector de la cultura, otorgó recursos para el apoyo de proyectos creativos y culturales, dentro de los cuales se encuentran algunos beneficios para las sociedades con objeto de Economía Naranja. Además, en el evento en que terceros realicen donaciones en proyectos de Economía Naranja, se les otorgarán beneficios de deducción en el impuesto de renta.

 


 

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Ángela Garzón Vargas

Directora Derecho Corporativo

angela@estudiolegalhernandez.com

 

Jose Ignacio Rueda Posada

Coordinador Derecho Corporativo

ignacio@estudiolegalhernandez.com

 

Pablo Hernández Vidal

Abogado Junior Derecho Corporativo

pablo@estudiolegalhernandez.com