Por: Juanita Hernández – Estudio Legal Hernández
Por considerarlo de su interés, les informamos que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 434 de 2020 por medio del cual:
- Renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social-RUES: Extiende hasta el 3 de julio de 2020 el plazo para la renovación de la matrícula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social-RUES.
- Renovación del Registro Único de Proponentes (RUP): El plazo máximo para renovación del Registro Único de Proponentes (RUP) será hasta el quinto día hábil del mes de julio de 2020
- Reuniones ordinarias de asamblea: las correspondientes al ejercicio del año 2019 de que trata el artículo 422 del Código de Comercio podrán efectuarse hasta dentro del mes siguiente a la finalización de la emergencia sanitaria declarada, por un término de 30 días, por el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020.
Si no fuere convocada, la asamblea se reunirá por derecho propio el día hábil siguiente al mes de que trata el inciso anterior, a las 10 a.m., en las oficinas del domicilio principal donde funcione la administración de la sociedad. Los administradores permitirán el ejercicio del derecho de inspección a los accionistas o a sus representantes durante los quince días anteriores a la reunión
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